miércoles, 4 de junio de 2008

Medidas que ayudan a las familias

Ayer me comprometía a sugerir algunas medidas que permitan a las familias desarrollarse y cumplir con su función social. No están todas las que son, pero son todas las que están, no tienen un plan económico asociado, por lo que solo se puede tomar como idea y no como propuesta sustanciada en un plan inversor.

Algunas de ellas son de más fácil aplicación que otras que, aunque pudieran parecer utópicas, lo son menos que otras que se han tomado en otros ámbitos, de forma que la sociedad civil podría influir en sindicatos, a través de los Comités de Empresa y otros representantes de los trabajadores, patronales y gobiernos central y autonómicos, para que se pudieran llevar a a cabo, éstas u otras medidas semejantes.

Posiblemente no nos encontremos en el mejor momento histórico económico, pero sí se pueden ir sentando las bases discursivas de los agentes sociales y partidos políticos acerca de qué modelo de familia queremos para el futuro. Lo cierto es que el modelo actual, basado en la no familia, no parece que esté dando los resultados esperados. Solo aumentan los casos de divorcio, los abortos, los malos tratos en el seno de las familias, normalmente mujeres y niños, el egoísmo de los padres hacia los hijos y de los hijos hacia los padres, y la indifeencia, cuando no el desprecio hacia los mayores, signo inequívoco de la deriva moral de nuestra sociedad.

Como decía, las principales ideas que planteo y que bevemente explico son las siguientes (sirvan estas propuestas para el caso de adopciones):

  1. Permisos retribuidos para futuro padre y madre para asistencia a las pruebas de control del embarazo: los posibles problemas y las alegrías de estos controles deben ser compartidos por la pareja. La implicación del padre, tras la concepción debe ser más directa durante el embarazo.
  2. Permiso retribuido de dos semanas para padre y madre en caso de aborto natural: es un momento especialmente delicado familiarmente. Muchas personas sienten que un hijo se ha muerto.
  3. Baja por maternidad y paternidad durante un año para ambos cónyuges: el primer año de vida de un nuevo ser implica modificaciones sustanciales en el modo de vida de la familia. La atención que el bebé requiere de los dos progenitores, y la ayuda que demanda la madre requieren el apoyo de su compañero en las tareas domésticas y en el cuidado de la madre y el niño. Esta medida eliminaría las trabas de acceso o promoción de las mujeres por culpa de una posible embarazo, puesto que ambos quedarían en la misma situación.
  4. Posibilidad de ampliar la baja por maternidad o paternidad un año adicional con reserva de puesto de trabajo: las mayorías de los especialistas recomiendan la escolarización a partir de los dos años.
  5. Subsidio por maternidad y paternidad del 100% de la base reguladora para padre y madre durante el primer año, y del 50% el segundo.
  6. Preferencia en las reducciones de jornada para atender hijos menores de seis años (edad en la que comienza la enseñanza obligatoria) o mayores dependientes para cualquiera de los cónyuges.
  7. Fomento del teletrabajo para cualquiera de los cónyuges, que permite una mayor flexibilidad horaria compatible con las obligaciones de cuidado, manutención de hijos y mayores a cargo.
  8. Ayudas directas para las familias con personas disminuidas físicas y/o psíquicas que permitan adecuar las condiciones de vida familiar a la situación de especial protección.
  9. Permiso retribuido para padre o madre en caso de asistencia médica o enfermedad de un hijo menor de catorce años o mayor a cargo, siempre que no sea posible hacerlo fuera del horario laboral.
  10. En el caso de hijos minusválidos y/o mayores a cargo, se entenderán prorrogables los plazos de atención por parte de los progenitores de forma indefinida.
Es evidente que estas medidas no dejan de ser reflexiones en voz alta, preparadas para ser trabajadas, debatidas, analizadas, pero que todas ellas permiten un fin: que cuando dos personas decidan crear una familia en la que otras personas requieran de cuidados (hijos o mayores), puedan libremente decidir cómo, cuándo y de qué manera cuidar, educar o atender sus necesidades, con especial protección administrativa para situaciones de causa no sobrevenida, como enfermedades congénitas, disminuciones fisico- psíquicas, tratamientos de larga duración, etc.

Quisiera poner un ejemplo, doloroso pero cierto acerca de qué pueden hacer un padre y una madre, en sus respectivos puestos de trabajo cuando tiene un hijo que se encuentra en tratamiento oncológico, diálisis, con esclerosis, víctima de accidente de tráfico, con niños que requieran rehabilitación diária, o que simplemente han nacido ciegas, mudas o sordas. ¿Las dejamos al cuidado de sus abuelos?¿Al cuidado de una señora que acepta ese trabajo sin experiencia ni preparación?¿Debe pedir la baja laboral cualquiera de los padres? ¿Fomentamos el padre y madre de vacaciones y fin de semana?

¿Cabe en estos casos la actuación subsidiaria de la Administración? Sin embargo no es necesario llegar a niveles tan dramáticos, aunque reales.

¿No pueden decidir los padres realizar la labor social de educar a sus hijos conforme a sus criterios, o de atender como se merecen a mayores dependientes?

Sin duda existirán más y mejores medidas, el problema es la falta de resolución social para llevarlas a cabo.

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