martes, 21 de julio de 2009

Educación para la Ciudadanía: niños violadores y padres irresponsables

Los últimos casos que están descarnando a la sociedad española acerca de las violaciones entre menores reavivan la vieja controversia sobre la necesidad o no de modificar la Ley del Menor, sobretodo para determinados tipos de delitos. Sin embargo, y a raíz de los últimos acontecimientos y vista la inútil nueva disputa de PP y PSOE acerca de esta Ley, me hago las siguientes reflexiones:

La primera de ellas es mi sorpresa acerca de la nula responsabilidad de los padres sobre los actos de los hijos menores. Nadie ha reclamado la responsabilidad subsidiaria de unos padres que, por desgracia, han demostrado su incompetencia en la educación de sus hijos y creo que cabría exigir responsabilidades penales a estos padres. Y me refiero a los padres de los violadores, que han creído que saldrían indemnes de esta acción, como los padres de una niña disminuida psíquica que a altas horas de la madrugada campaba con nadie sabe quién.

La segunda reflexión hace referencia a la edad a la que se debe considerar a una persona responsable de sus actos. Nuestro ordenamiento jurídico, como en el Derecho comparado, es proclive a dictar fechas concretas, edades mínimas y plazos estrictos. En concreto, nuestro ordenamiento fija la edad legal para obrar a los dieciséis años y la edad mínima para exigir responsabilidades penales a los catorce. Hoy muchas personas reclaman rebajar esa edad a los doce, y yo creo que es un error, al igual que lo es establecerla a los catorce. Debe ser cada caso concreto el que sería necesario evaluar en función de si la persona menor es consciente o no de sus actos y sus consecuencias, sea cual sea su edad. Otro problema distinto será el tipo de pena a imponer a él o a sus responsables legales, que son sus padres, lo que enlazaría con mi reflexión anterior, si esa pena debe o no llevar impuesta una privación de libertad o no y cómo debe resarcirse de su delito.

La tercera reflexión, consecuencia de las dos anteriores, tiene que ver con el hecho de que si se exigen responsabilidades subsidiarias a los padres, éstos deben tener entonces la libertad de educación sobre sus hijos, incluyendo las medidas coactivas pertinentes, lo que incluye el castigo incluso físico, con las limitaciones propias de la protección de la salud y la dignidad de las personas, lo que incluiría el típico pescozón a tiempo y la exigencia de respeto a la autoridad progenitora. Esto no se encuentra en ningún manual de EpC y ningún político sería capaz de exigirlo aunque lo hagan en sus hogares.

Para ello, sería necesario recuperar el sentido de la responsabilidad de las personas de forma adecuada a sus edad, una revisión profunda de la escala de valores de una sociedad por la que dos personas de dieciséis años, un violador y una violada, el uno pasará algunos años en un centro de reclusión para menores y la otra podrá abortar sin ni siquiera contárselo a sus padres, y por último la recuperación de la jerarquía en la unidad familiar. Los padres deben tener esa responsabilidad y la libertad suficiente para poder ejercer su obligación de educar a sus hijos con responsabilidad y de acuerdo a sus creencias y el respeto a la Ley y a los demás.

El problema es que este esquema es frontalmente contrario a las tesis posmodernistas de control de la juventud por parte de la Nueva Izquierda, que considera estos casos como efectos colaterales y que, por tanto no requieren de actuación ad hoc, según hemos podido escuchar a la infausta Secretaria de Organización del PSOE, más preocupada por la bolsa de votos potenciales que supone el segmento de edad de los dieciséis años, nuevos votantes en las próximas elecciones, y siempre objeto de especial interés por parte del PSOE.

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